
Alonso Martínez Monterríos* y Cesar Antonio Vargas Jara**
El siguiente artículo se refiere al conflicto hídrico que se ha desarrollado en la Provincia de Petorca, principalmente en las localidades de Cabildo y Petorca, lugar que ha sufrido la usurpación ilícita del agua. Esta usurpación ha sido atribuida a empresas y empresarios privados. Las causas identificadas a este problema tienen que ver, en primer lugar, con el Código de Aguas del año 1981, en base a la Constitución de 1980, que separa en su concepción política y territorial al agua de la tierra. Esto permite que grupos privados externos que no son dueños de la tierra de un pueblo o comunidad puedan ser dueños de sus aguas, tanto de ríos y riachuelos como de napas subterráneas. Otra causa es mucho más reciente, y tiene que ver con los derechos de agua que se han concedido a grupos de empresarios, para la producción de sus empresas agrícolas. Debido a esto, los pequeños y medianos agricultores de toda la Provincia de Petorca han quedado prácticamente sin recurso hídrico para mantener sus campos. Además, todo esto incide en una crisis ambiental mayor: con la sobreexplotación y sobreuso del agua en estos territorios, la sequía cada vez se ha ido agudizando, y todo el territorio que abarca a esta provincia va en camino a quedar completamente «seco». Como respaldo a estas argumentaciones, en este artículo se presentan entrevistas a algunos agricultores y miembros de la organización MODATIMA[1], que son testigos directos de este conflicto hídrico.
Son muchas las evidencias que se pueden encontrar respecto al conflicto hídrico que actualmente afecta a la Provincia de Petorca. Sin embargo, a modo de resumen, podemos decir que este conflicto tiene sus orígenes en la Constitución creada en época de dictadura. Esta Constitución, de marcado carácter económico-neoliberal, pretende favorecer el lucro y la inversión de la industria extranjera en el país; de este modo se producen cambios estructurales que generarán graves consecuencias a futuro. Entre estos cambios, el que más ha perjudicado a los agricultores, campesinos e indígenas de todo el país es el que hace referencia al Código de Aguas, el cual fue impulsado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122 el 29 de octubre de 1981[2]. Este Decreto tiene por objetivo separar la propiedad de las tierras de la propiedad de las aguas que existen dentro de los territorios. En el nuevo contexto que se comienza a gestar durante esos años, se pueden apreciar claramente tres conceptos, antes intrínsecamente relacionados en la ley, ahora separados: agua, personas y tierras.
Los alcances que ha tenido este cambio del contexto hídrico y agrícola en Chile, como se dijo anteriormente, han sido nefastos, tanto así que se atenta en contra de los derechos humanos y la vida de los campesinos.
Específicamente, los acontecimientos que han generado el conflicto en la Provincia de Petorca se pueden situar temporalmente hace alrededor de 10 años, cuando un grupo de empresarios ligados a la política del país comenzó a comprar tierras y a plantar los cerros con paltos. En este contexto, nos aclaran los actores sociales implicados:
“El palto es un árbol tropical que consume una cantidad de agua brutal y que sus válvulas de tomar agua se abren generalmente en verano, cuando empieza el calor, porque no soporta temperaturas extremas… pero en el trópico generalmente llueve y tienes que suplir esa cantidad de agua, por lo tanto, nosotros empezamos a contar 1+1 es 2, y dijimos nosotros que el agua iba a faltar en la provincia, porque había una cantidad exorbitante de paltos. Las cifras lo dicen todo, pasamos de 2.500 hectáreas a 12.500, se aumentaron 10.000 hectáreas de paltos, solamente paltos, en la Provincia de Petorca, sin un ordenamiento territorial, sin un estudio acabado, sin participación de la Dirección General de Aguas para medir cuánta agua se estaba sacando… y eso es lo que estamos cosechando hoy día…”[3]
De esta manera, se fue configurando un contexto en donde los empresarios fueron necesitando más y más agua para regar sus exorbitantes plantaciones de paltos, lo que desembocó en la gran sequía que hoy en día afecta a toda la provincia.
Preludio del conflicto hídrico: Código de Aguas de los años 1951 y 1981
En cualquier estudio sobre conflictos hídricos en Chile se vuelve imprescindible considerar la instauración del Código de Aguas del año 1981. Con este nuevo código, siguiendo el proceso de privatización establecido por la Constitución de 1980 (en desmedro del poder del Estado), se rompe un paradigma político-territorial sobre el agua que estaba instalado desde el «Primer Código de Aguas» del año 1951.
En el Código de Aguas de 1951 se hacía hincapié en considerar a la tierra y el agua bajo un mismo concepto, siendo inseparables. Por lo tanto, los individuos eran propietarios de la tierra y del agua por igual, dentro de un mismo territorio.
Además, se estipula sobre los «derechos de aprovechamiento» del agua (su uso), siempre definiendo al recurso hídrico como un bien nacional de uso público: «El derecho de aprovechamiento sólo se puede adquirir en virtud de una merced concedida por el Presidente de la República en la forma que establece este Código. Ninguna otra autoridad tendrá facultad para concederla y ni aún el goce inmemorial bastaría para constituirlo en cauces naturales»(Código de Aguas de 1951, artículo 23, inciso 1).
Los «derechos de aprovechamiento» consisten en concesiones administradas por el Estado, esto quiere decir que cualquier compra de derechos de agua debía pasar primero por la regulación de este. Aquello nos permite inferir que el Estado sí administraba, pero finalmente, en la práctica, el agua seguía siendo administrada como recurso de propiedad privada. Este tipo de derecho de agua se presentaba como una manera «prudente» de vender los derechos de agua en esa época, ya que el Estado de alguna manera participaba en tales concesiones.
Por lo tanto, en este Código de Aguas del año 1951 se reconoce una mayor intervención y regulación estatal con respecto a la propiedad del agua, pero sus usos siguen siendo privados. Aún así, se aprecia un intento de equilibramiento entre el poder estatal y el poder privado en relación a la administración del agua, que previamente no había sido presentado.
En épocas de la Reforma Agraria, allí por el año 1967, se implementa una modificación del Código de Aguas, que tiene como misión considerar al agua, la tierra y todo lo que forma parte de la propiedad agrícola, definitivamente como parte del uso nacional y público, y para lograr plenamente aquello hubo una expropiación del recurso hídrico que estaba en manos de privados. Gracias a esta expropiación de las aguas, justificada por el nuevo Código de Aguas del año 1967, el agua pasó a ser un recurso completamente en manos del Estado, siendo este el único responsable de su administración y usos:
«La ley podrá reservar al dominio nacional de uso público todas las aguas existentes en el territorio nacional y expropiar, para incorporarlas a dicho dominio, las que sean de propiedad particular. En este caso, los dueños de las aguas expropiadas continuarán usándolas en calidad de concesionario de un derecho de aprovechamiento y sólo tendrán derecho a la indemnización cuando, por la extinción total o parcial de ese derecho, sean efectivamente privados del agua suficiente para satisfacer, mediante un uso racional y beneficioso, las mismas necesidades que satisfacían con anterioridad a la extinción»(Ley 16.615).
Con tal reforma en el Código de Aguas, se logró limitar el poder de los privados sobre el recurso hídrico del país. Pero solo duraría hasta la llegada del nuevo Código de Aguas del año 1981, que usó como base la Constitución de 1980.
El Código de Aguas de 1981 supuso un cambio paradigmático de la concepción política y territorial que había sobre el agua hasta esa época. Desde ese momento, se consideró al agua y la tierra como dos conceptos separados, a diferencia de lo que especificaba el Código de Aguas de 1951. Por lo tanto, bajo esta lógica un agricultor podía ser dueño de su tierra, de sus siembras y cultivos, pero no del agua necesaria para el riego (que se situaba en el mismo territorio). Esto permitió que teóricamente entidades privadas pudieran apoderarse del agua de tierras que no eran suyas, las de campesinos medios y pequeños, construyendo drenes y tranques a su paso.
Se puede deducir que la Constitución de 1980, el Código de Aguas de 1981 y la derogación de la Reforma Agraria, en conjunto, permitieron este cambio en la concepción del agua por parte de la ley, que se ha reproducido hasta el día de hoy. Desde aquí los derechos de agua no son obtenidos mediante una merced o concesión por parte del Estado, sino que hay un otorgamiento de propiedad privada; hay una completa mercantilización del recurso hídrico. El Estado no posee ningún poder de decisión con respecto a las propiedades y usos del agua.
Este fue el inicio definitivo de los problemas y conflictos hídricos que se sufren hasta la actualidad en el país, reflejados en el descriterio y abuso de empresarios privados que han sobreexplotado y usurpado el agua de los territorios. Con esto, una gran cantidad de agricultores, entre ellos los de Cabildo y Petorca, han quedado prácticamente sin agua para el riego de sus cultivos.
Desarrollo actual del conflicto
La población de la Provincia de Petorca se encuentra afectada por un déficit hídrico, que data aproximadamente desde el año 2000 hasta el presente, y que está ocasionando problemas e impedimentos para la actividad agrícola de los campesinos, y a la vez, problemas de insalubridad en el sector. La población no dispone de un nivel de consumo adecuado del agua de riego, y esto impide que los campos agrícolas se rieguen adecuadamente para lograr conservar sus cultivos. Lo mencionado ha dado como respuesta una serie de conflictos (manifestaciones y denuncias) entre habitantes de la provincia (agricultores y campesinos) y las empresas agrícolas acusadas. Estas empresas requieren grandes suministros de agua para su funcionamiento, provocando graves daños y usurpando ilegalmente el agua de los ríos y de las napas subterráneas para seguir abasteciéndose, lo cual ha ocasionado que la localidad vaya quedándose sin agua.
El conflicto con los empresarios se ve manifestado de la siguiente manera:
«Losempresarios han construido drenes en las hoyas de los ríos para acarrear agua de forma impropia a sus explotaciones, los organismos encargados de fiscalizar el buen uso de las aguas no son capaces de cerrar los drenes ilegales, y además continúan concediendo derechos de agua en cuencas agotadas, como ocurre con las cuencas de los ríos Ligua y Petorca, declarados agotados el año 2004 y 1997, respectivamente».[4]
Esto lo hemos podido corroborar gracias a la etnografía que hemos realizado en la zona:
«Se han omitido, por parte del gobierno, problemas estructurales… esta provincia es reflejo de un modelo de producción de alimentos que se caracteriza por el monocultivo como producción de desarrollo. En esta provincia más del 90% de la superficie plantada corresponde a paltos. También hay un uso intensivo e irracional de los recursos naturales: el agua… de hecho, aquí el río Petorca se encuentra agotado desde el año 1997 y el río Ligua desde el año 2004, sin embargo la DGA[5] siguió concediendo la venta de derechos de agua, en cuencas que están absolutamente agotadas… esto es parte del problema, desde el año 1990 llegó un número importante de políticos y empresarios, fuertemente conectados a los centros neurálgicos del poder, que compraron cerros, consiguieron recursos a través de la comisión nacional de riegos, la ley 18.450, tecnificaron los sistemas de riego y se llevaron el agua para los cerros…» [6]
Con esto, se ha acentuado una sequía en toda la Provincia de Petorca. Esta situación ha afectado a más de 7.000 pequeños agricultores, y más de 50.000 habitantes sufren de la carencia de agua, como recurso de subsistencia y también por su uso en servicios higiénicos básicos.[7]
Según los datos que se han expuesto, Petorca está en camino a convertirse en un lugar «seco»: «Esta provincia lleva 5 años consecutivos siendo declarada como zona de emergencia hídrica, por escasez hídrica, aproximadamente desde el año 2010.[8]
Cabe mencionar que la institucionalidad pública ha sido incapaz de establecer límites a la usurpación, lo cual ha permitido que el conflicto haya ido acentuándose cada vez más:
«Todo esto es permitido porque en Chile no existen instrumentos de ordenamiento territorial-espacial asociados a las capacidades de uso agrícola en los suelos… se han construido drenes para extraer de manera impropia aguas subterráneas de la zona, para llevarlas a las plantaciones agrícolas de los grandes empresarios, también han habido construcciones de pozos sin derechos legalmente constituidos para extraer aguas subterráneas…».[9]
Si en Chile hubiera organismos legales o algún tipo de institución que regule seriamente los temas medioambientales, se evitarían desastres ambientales como el que está presente en la Provincia de Petorca.
Para poder comprender bien el conflicto hídrico que afecta a la Provincia de Petorca, hay que relacionar el fenómeno climático hoy presente en la zona (pocas precipitaciones y sequía) con la usurpación ilícita e indiscriminada del agua por parte de un poder político-hegemónico, que opera sin el más mínimo respeto a los derechos ambientales y humanos de los habitantes de la región.
Frente a este panorama, y como una posible respuesta al problema, los agricultores plantean que la única forma de terminar con esta situación es hacer un cambio estructural a la Constitución chilena que opera hasta el día de hoy, la de 1980, en la que está incluido el Código de Aguas del año 1981. Esta es la «mancha» sistémica que sigue ensuciando el medio ambiente del país.
Además, se hace necesario lograr un vuelco de la conciencia de todos los ciudadanos de este país, para que se den cuenta de que los grandes «problemas nacionales», de los que se quejan, provienen de los mismos individuos que eligen mediante el plebiscito: los políticos, o mejor dicho, los empresarios-políticos. Los miembros del ejecutivo de este país han estado más de veinte años en el poder, y durante este tiempo han perpetuado y perfeccionado un sistema que favorece a los más enriquecidos dentro del sistema económico neoliberal, lo que se ve reflejado en la mercantilización exacerbada de todo recurso existente, entre ellos el más importante y vital: el agua.
“Chile es el único país del mundo que tiene sus aguas privatizadas. Tenemos los mayores costos de agua y todo lo que es sanitario. Cuando tú me dices cuál es la solución, la solución es la conciencia de la gente no más. Lo más de fondo es la solución porque con gente educada no te meten el dedo o no te meten otra “cosa” en el ojo, como se lo han metido a los chilenos todo este tiempo, que no somos capaces de salir a la calle para defender ni nuestra AFP, nuestra salud, nuestras pensiones ni siquiera eso podemos salir a defender.”[10]
* Alumno egresado pre-tesista. Escuela de Antropología Universidad Academia de Humanismo Cristiano.
** Estudiante de Antropología. Universidad Academia de Humanismo Cristiano
[1] Movimiento por la Defensa del Agua, Protección a la Tierra y Respeto al Medio Ambiente.
[2] http://fugadetinta.cl/se-vende-agua-el-codigo-de-aguas-de-chile-un-legado-de-la-dictadura/
[3] Datos extraídos de entrevistas realizadas a actores locales, durante el proceso etnográfico, en Mayo del año 2014.
[4] Dato extraído de la página web: http://www.indh.cl/mapaconflictos/conflicto/detalle/66
[5] Dirección General de Aguas.
[6] Datos extraídos de entrevistas realizadas a actores locales, durante el proceso etnográfico, en Mayo del año 2014
[7] Dato extraído de la página web: http://www.indh.cl/mapaconflictos/conflicto/detalle/66
[8] Datos extraídos de entrevistas realizadas a actores locales, durante el proceso etnográfico, en Mayo del año 2014.
[9] Ibíd.
[10] Datos extraídos de entrevistas realizadas a actores locales, durante el proceso etnográfico, en Mayo del año 2014
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