
* Ximena Insunza Corvalan
«Tal vez haya entendido algo después de todos estos años. Que África ha sido sacrificada sobre un altar occidental, se ha arrebatado el futuro de una o dos generaciones. Pero no más, no por más tiempo, eso también lo he entendido…»
Henning Mankell, El ojo del leopardo.
A veces de tanto escuchar a aquellos que pueden expresar sus opiniones, se nos olvida que el silencio engloba a cientos, miles o millones de otros seres humanos. Temporal o definitivamente, como consecuencia de ese silencio involuntario, la realidad deja de ser vista tal cual es. Eso pareciera acontecer con los habitantes de los países en los que la industria extractiva realiza la mayor parte de sus actividades, pues sus reivindicaciones están completamente acalladas y sólo se les dedican páginas de crónicas rojas cuando los conflictos generados desbordan los canales de expresión establecidos [1].
Si uno analiza los lugares en los que los grandes conglomerados extraen los minerales podemos señalar, con seguridad, que muchos de esos países están catalogados como subdesarrollados o en vías de desarrollo. Si, además, se ve el ranking de cumplimiento de los Objetivos del Milenio de las Naciones Unidas, uno vuelve a apretar las manos y a darse cuenta que gran parte de ellos están lejos de alcanzarlos. Si uno se detiene en los índices de pobreza, es del todo predecible que se pare de su silla y sienta ganas de que le den respuesta a un par de preguntas. Si se suma a eso el porcentaje de población originaria (indígenas) de esos países que se ven afectados por estos proyectos, simplemente la incomprensión o la impotencia se apoderará de usted. Quizás, por conveniencia, el típico argumento de que las grandes transnacionales tienen estándares internacionales que aplican sin importar la legislación nacional, le dé alivio y se vuelva a sentar, pero ese consuelo sólo durará unos segundos, pues pareciera que la realidad nos dice otra cosa.
Un antecedente importante para descartar que este argumento sea sólo enarbolado por los afectados es el proyecto de ley presentado al parlamento canadiense en el año 2009, conocida como Bill C-300 [2]. Su finalidad era promover la conducta responsable de la industria minera canadiense de petróleo y gas cuando la explotación se realizaba en países subdesarrollados o en vías de desarrollo. Podríamos entender que con esta iniciativa un país de primer mundo reconoce implícitamente el incumplimiento de las mejores prácticas ambientales, sociales y culturales en países de segunda categoría. Pareciera entonces que se necesita de una regulación vinculante pues la estrategia de la voluntariedad de la “responsabilidad social empresarial” no alcanza para elevar los estándares por sí misma; en definitiva, la auto-regulación no siempre funciona. Lamentablemente, tras un arduo debate ese proyecto no prosperó. Prevaleció la influencia de la industria extractiva canadiense, que sentía que con una regulación como esa perderían competitividad y le abrirían la puerta a una regulación nacional con efecto de “extraterritorialidad”. El escrutinio público era riesgoso.
Muchos, ante este relato, señalarán que esta postura excede el ámbito de lo ambiental. Es cierto, pues de alguna manera, lo ambiental es todo y nada a la vez. Quizás el concepto de desarrollo sostenible es más acertado porque engloba distintas aristas que van más allá de lo ambiental. Sin perjuicio de eso, lo que no se puede perder de vista (denomínese como quiera) es la necesidad de entender que algo debe cambiar respecto de la estructura jurídica que prevalece sobre la extracción de los recursos naturales de los países y la distribución de sus beneficios. Si bien es cierto que la empresas transnacionales explotan y se enriquecen (por regla general tienen utilidades) cumpliendo a cabalidad el ordenamiento jurídico de los países, no es menos cierto que esa estructura no les está permitiendo a esos países cuidar su medio ambiente y menos lograr el desarrollo que anhelan o, que dada su precariedad, ni siquiera conocen. Es por eso que todos debiéramos reflexionar que si bien la regulación del modo de extraer dichos minerales es sumamente relevante para alcanzar un desarrollo sostenible, tal vez es más importante y preocupante aún, tal como se debatió en la conferencia de Rio +20 [3], el retraso de todos los actores en relación a la inclusión y mejoramiento de los restantes pilares –el social y el económico– de dicho concepto de desarrollo.
No es suficiente que la industria minera pague impuestos y royalties en los países en los que se encuentran las riquezas; podría (¿o debería?) colaborar de una manera más radical con el mejoramiento de las condiciones de vida de los nacionales, no sólo a través de la cooperación internacional o elevando sus estándares en materia ambiental, sino también haciéndose cargo de las minas abandonadas, de los pasivos ambientales que crean con su industria, pero más aún, del desarrollo real de esos países. Por ejemplo, no parece descabellado que por un tiempo determinado, parte de (¿o todas?) las ganancias debieran reinvertirse directamente en el país de origen de los minerales y crear de esa manera generaciones más educadas, que en un futuro no lejano pudieran colaborar con el desarrollo de su país, y decidir, por sí solos, sus destinos. Como quiera que sea, no nos debe importar si esto es o no ambiental, puede que se trate del aspecto social o incluso económico del desarrollo sostenible; el punto central es que eso no nos debe inmovilizar, cada uno debe impulsar un cambio desde su propia disciplina. Ese cambio es simple de identificar: los conglomerados mineros, que por regla general provienen de países desarrollados, no pueden seguir extrayendo los recursos naturales de otros países (menos favorecidos) permaneciendo estos últimos en las mismas (o en peores) condiciones que antes de la creación de esa riqueza. Eso no es sólo insostenible desde lo ambiental, sino que es francamente intolerable desde lo social.
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* Ximena Insunza Corvalan: Abogada Universidad de Chile, LLM McGill University, Investigadora Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho, Universidad de Chile.
[1] Perú: http://www.prensaalternativa.pe/2012/07/88-organizaciones-condenan-las.html
Bolivia: http://potosionline.com/2012/07/03/repudian-negativa-al-dialogo-de-ayllus-de-mallku-khota-que-tienen-secuestrados-a-tecnicos-de-minera-canadiense/ África: http://www.noalamina.org/mineria-mundo/mineria-africa/blog
[2] Parlamento Canadiense, Bill C-300 http://www.parl.gc.ca/HousePublications/Publication.aspx?Docid=3658424&file=4
[3] El futuro que queremos, https://rio20.un.org/sites/rio20.un.org/files/a-conf.216-l-1_spanish.pdf.pdf
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