Juana Aguillera
Comisión Ética contra la Tortura


Efecto Pigmalión: lo que se espera de otra persona, determina su comportamiento y rendimiento; expectativas hechas realidad. 
Robert Rosenthal, Psicólogo Social, 1965.

Junto con profundizar el modelo económico que depreda los bienes naturales de Chile y condena a la vida precaria a diversos grupos humanos, se extiende en nuestro país  la cultura de la exclusión de personas y grupos de personas como estrategia y acción de la política pública. Esto crea, de paso, una peligrosa cultura del apartheid donde la brutalidad de la discriminación termina con personas gravemente dañadas y otras asesinadas; un rechazo sin sentido, que nos deja sin aliento para explicar qué nos está sucediendo.

Ya no se trata de una persona aislada que tiene una actitud hostil hacia otra persona o a un grupo determinado de ellas. Lo grave hoy, es que estas actitudes  se retroalimentan con razones y argumentaciones que justifican y mantienen los estereotipos y las estigmatizaciones que degradan y afectan la autoestima, la valoración social de mujeres, indígenas, personas que rompen con la definición sexual binaria, personas pobres, niños abandonados, personas migrantes. 

Claramente el Estado de Chile implementa y profundiza, cada vez que puede, su política de segregación y ha actuado discriminatoriamente contra personas y grupos específicos de personas. Quienes han recibido esta carga desde el Estado quedan inermes, desprovistos de apoyo y ayuda, porque se trata de un ataque injusto que apunta a características propias de las personas, aquellas que hacen  su identidad,  su apariencia física o pertenencia étnica, social y económica y que muchas veces no pueden cambiar.

Mujeres lesbianas: crímenes de odio del patriarcado

El ataque homofóbico que terminó con la vida de Daniel Zamudio en el año 2012, el encarcelamiento de los autores de ese atroz crimen, las graves penas que contempla la ley  20.609 – ley antidiscriminación arbitraria que busca restablecer para toda persona el pleno ejercicio y goce de derechos y libertades reconocidas en la Constitución Política -, leyes, tratados y convenciones internacionales ratificadas por Chile en materia de derechos humanos y que se encuentran vigentes, no han sido suficientes  para detener los ataques a mujeres lesbianas por parte de grupos de hombres lesbofóbicos que acosan, golpean, atacan sexualmente, secuestran y abandonan en lugares desconocidos a estas personas, llegando a provocarles la muerte. 

 Es un crimen de odio en el que la ley 20.609 no resulta suficiente para perseguir y sancionar ni mucho menos para prevenir, un eventual ataque por discriminación, dado que si los jueces estiman que existe error en la percepción o no se puede probar la denuncia, las sanciones serán para quien es víctima y no para el victimario. Por esta razón, muchas mujeres que viven acoso por su opción sexual, no denuncian: el terror las paraliza. La ley dictada, que tiene una serie de fallas, urge que sea modificada y se coloque en sintonía con las exigencias internacionales en materia de discriminación y sanción a los crímenes de odio. 

Mujeres lesbianas, víctimas de crímenes del patriarcadoCarolina Torres Urbina, atacada y gravemente herida el 14 de febrero 2019María Denisse Caqui Rojas, desaparecida el 6 de mayo 2019Nicole Saavedra, asesinada en Limache, el 25 de junio 2016María Pía Castro, 19 años, asesinada también en Limache el 12 de febrero 2008

La discriminación como arma para el desmantelamiento de las organizaciones democráticas estudiantiles en liceos, y que afecta a líderes del movimiento estudiantil

Jóvenes líderes de sus escuelas y liceos han sufrido el embate de la le Ley 21.128 también conocida como Ley de Aula Segura. Esta ley ha sido aprobada por el parlamento en el curso del año 2019,  con el único fin de desmantelar las organizaciones estudiantiles de los liceos y centros educativos que, desde el auge del movimiento estudiantil, han liderado dicho movimiento, cuestionando la estabilidad de los gobiernos. 

En este año 2019, en Santiago especialmente y también en Concepción, han sido detenidos, golpeados, secuestrados y torturados, a lo menos una centena de estudiantes. Enen su mayoría dirigentes de sus comunidades estudiantiles o activos opositores a esta ley que permite que sean expulsados de los establecimientos educacionales, que sean canceladas sus matrículas y que sean encarcelados si un estudiante, al momento de ser detenido, es acusado por Carabineros de Chile de portar armas y/o elementos incendiarios. 

La ley se hace para resolver problemas de convivencia al interior de los establecimientos educacionales, como los actos de violencia entre miembros de las comunidades educativas, pero se ha utilizado principalmente contra dirigentes estudiantiles, atomizando los Centros de Estudiantes, una de las instancias más dinámicas queocupan en el espacio público, al interior y exterior de los liceos, ejerciendo el derecho a la participación junto a los Centros de Padres y Apoderados en los Consejos Escolares, establecidos por la ley como parte esencial del gobierno escolar. 

El Plan de Convivencia Escolar como ha sido establecido, es un desafío para todos los miembros de las comunidades educativas, especialmente para los equipos técnicos pedagógicos de los establecimientos educacionales. Es una herramienta que les permite prevenir y enfrentar situaciones graves y de riesgo, cuidando mantener el interés superior del niño/niña y el respeto de los derechos inherentes a toda persona. Son los profesionales de la Educación quienes tienen las herramientas para apoyar y mejorar la conducta negativa de adolescentes y jóvenes. Una ley por sí sola no hará milagros.

Sin duda, lo que menos aporta a la Convivencia Escolar es el ingreso permanente de policías a los establecimientos educacionales, la revisión de mochilas de las y los estudiantes realizado por un cuerpo de élite de la policía uniformada; el lanzamiento indiscriminado de bombas lacrimógenas y gas pimienta en aulas y patios; policías apostados en las afueras de los establecimientos e incluso, en los techos; todas estas imágenes ampliamente difundidas en los medios de comunicación dan cuenta de que la decisión de actuar policialmente frente al estudiantado, constituye una anulación de todas las instancias organizativas internas de los establecimientos educacionales; ninguna planificación escolar se sostiene si está siendo ninguneada toda autoridad técnica pedagógica. Es decir, los efectos de la ley Aula Segura, supuestamente hecha para combatir la violencia al interior de los establecimientos educacionales, han sido completamente adversos y contrarios al objetivo con el que fue creada y , además, ha violado uno de los principales derechos de la infancia y adolescencia, que eses el derecho a educarse en un ambiente libre de violencia, libre de asedio y hostigamiento, en este caso cometido por agentes del Estado.

Lo que queda en la retina de la sociedad es la violencia extrema ejercida por Carabineros de Chile, presentes hoy en los establecimientos educacionales emblemáticos, al menos de Santiago, pues al interior de ellos, se ve a los equipos del Grupo de Operaciones Policiales Especiales -GOPE-, actuando contra adolescentes de manera desproporcionada. 

Liceos como el de Aplicación, Liceo Amunátegui, Liceo Darío Salas, el Instituto Nacional, el Liceo Barros Borgoño, el Liceo 1 de Niñas, el Internado Barras Arana y otros, viven con sus alrededores llenos de piquetes policiales dispuestos a ingresar, en tanto un director o directora así lo solicite. En redes sociales se muestran videos y fotos de policías encapuchados y en overoles blancos, posando o saliendo de cuarteles policiales. A la fecha, ha habido un par de estudiantes presos acusados de portar bombas incendiarias; uno de ellos ha quedado recientemente libre y debió ser reincorporado a su establecimiento dado que la acusación de porte de bomba molotov era inexistente; varios otros dirigentes expulsados han debido ser reincorporados a sus liceos por órdenes de los tribunales de justicia. La ley Aula Segura ha generado gran injusticia frente a quienes viven el shock de ser detenidos, maltratados y luego liberados sin que el Estado considere siquiera una reparación al daño causado a un niño, niña, adolescente o joven.

Otra conducta que se deriva de las falsas acusaciones, detenciones y expulsiones, es que muchos de ellos y muchas de ellas no quieren volver a estar con docentes, directoras y directores maltratadores, discriminadores, quienes más que aplicar pedagogía en los asuntos relacionados con la disciplina y la convivencia, estiman que dirigen un reformatorio o una penitenciaría, donde no basta lograr enseñanza de los errores, sino donde  resulta necesario dejar una marca, una estigmatización a ultranza, un menoscabo profundo en la identidad de niños, niñas y adolescentes. En otras palabras, la Ley Aula Segura, dicho públicamente por las autoridades educacionales del país, “saca” estudiantes del sistema, los excluye y empuja a la deserción, abultando con ello la no despreciable cifra de 72.788 niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se encuentran fuera del sistema escolar y que por ende, son desertores con escolaridades incompletas, según los datos de la CASEN 2017.

Familias marginales en condición de pobreza y pobreza multidimensional: los hijos e hijas de estos grupos humanos.

Cuando el Ministerio de Desarrollo Social y Familia entrega los resultados de la Encuesta CASEN 2017, entrega también una serie de conceptos para distinguir matices y significados sobre los cuales es necesario detenerse, como por ejemplo, pobreza y pobreza extrema. Señala que la línea de pobreza se define en relación con el ingreso mínimo para satisfacción de necesidades básicas (alimento + servicios básicos como luz, alcantarillado, agua, por ejemplo) y, por su parte,  la pobreza extrema se define en relación al mínimo establecido para satisfacer necesidades alimentarias. Esto se complejiza si a ambos conceptos se agrega la densidad de la población, determinada por lo rural y lo urbano. También se agregan otros criterios como la dependencia que tiene una persona de las ayudas y bonificaciones estatales; el acceso y satisfacción de otros servicios como educación, salud, vivienda, existencia de alumbrado público, fuentes laborales, existencia de centros de formación, universidades e investigación, desarrollo científico, etc. Con estos factores puede aparecer la categoría de pobreza por ingresos y multidimensional. 

Estas últimas categorías especialmente, permiten al Estado tomar decisiones respecto de las personas clasificadas en ellas. Decisiones que muchas veces han involucrado a sus hijos e hijas, los cuales so pretexto de protegerlos, son llevados a dependencias del Servicio Nacional de Menores, SENAME que funciona a nivel nacional y a través de instituciones colaboradoras para acoger a niños, niñas, adolescentes y jóvenes en situación de abandono, víctimas de abuso y otras figuras que ponen en riesgo en su integridad física y psíquica y que supuestamente el SENAME corregirá a través de sus programas de atención. Sin embargo, varios de estos niños y niñas son entregados en adopción a familias dentro y fuera de Chile, sin el consentimiento de su familia de origen; es decir, el Estado se los apropia y, apoyado por los tribunales de familia, ejercen un castigo adicional para las familias en situación de pobreza extrema y pobreza multidimensional: ellas pierden a sus hijos e hijas y sus hijos e hijas pierden a sus madres y padres. Para qué hablar de madres y padres que tienen hijos y son dependientes de drogas: no hay rehabilitación y el Estado les arranca sus hijos e hijas también.

A tal punto ha llegado la política del Estado de Chile en relación con los menores que debe y dice proteger, que es la misma policía de investigaciones (PDI) quien, en un informe oculto por a lo menos 7 meses y que versa sobre la situación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que viven a resguardo y tutela de las entidades de SENAME, acusa que Chile viola permanente y sistemáticamente sus derechos humanos de la infancia institucionalizada.

Esta conclusión a la que llega la PDI lo hace luego de investigar 240 hogares de menores involucrando a un total de 6.500 niños y niñas. El Informe señala que en el 100% de los centros que administra el SENAME y en el 88% de los gestionados por particulares se constataron 2.071 casos de abusos, violencia y maltratos graves; 310 de ellos son de connotación sexual; que en un 58,3% de los hogares de SENAME se han verificado abusos sexuales, violencia contra los menores, castigos físicos, léase tortura, explotación sexual, violaciones, entre otras vulneraciones realizadas por adultos sobre las y los menores, a las que se agrega el maltrato entre pares, como resultado de la reproducción de las pautas de conducta y de los modelos de relaciones que establecen los adultos y que resulta ser un marco de actuación para las y los niños en supuesto resguardo de sus derechos.

Hubo un primer informe anterior al de la PDI en que se da cuenta que 1.313 niños y niñas murieron en los recintos de SENAME o en entidades bajo su tutela, en un lapso de 10 años de funcionamiento. En el 2017 las Naciones Unidas notificó al Estado de Chile sobre posibles violaciones a la Convención de los Derechos del Niño. Así, luego de investigar solo cuatro centros de SENAME se llegó a concluir lo paradojal que resulta que un Estado viole los derechos de niños y niñas, ya que por orden del Poder Judicial, los Tribunales de Familia y otras entidades del Estado, se ha determinado que sea precisamente el Estado quien debe protegerlos. Sin embargo, llegar al SENAME parece ser el mismo infierno del que esa infancia intenta escapar.

Chile ha sido obligado a actuar por una orden internacional venida desde Naciones Unidas, y eliminar los CREAD (Centros de Reparación Especializada de Administración Directa), partiendo por el de Playa Ancha, foco de violaciones a los derechos humanos de los niños y niñas en internación en la quinta Región. El Gobierno de Piñera ha sido obligado a colocar el tema de la Protección de la Infancia entre sus prioridades de gobierno y debe durante su mandato rediseñar los centros  y constituir residencias de no más de 15 niños o niñas por casa; niños y niñas que deben, por lo demás, estar en centros cercanos a sus familias para que puedan reestablecer sus nexos afectivos; definir protocolos de actuación para avanzar en el proceso de desinstitucionalización de la niñez vulnerada; regular los procedimientos de adopción, entre otras materias.

Sin embargo, el Informe de la PDI que investigó hechos constitutivos de delito, no ha encontrado, hasta la fecha, eco en el Ministerio de Justicia, cartera de la cual depende SENAME; tampoco en los Tribunales de Justicia y ni hablar del Ministerio Público. Hay a lo menos treinta niños, niñas entre los fallecidos, cuyos cuerpos no aparecen. 

Las cifras de los nuevos desaparecidos en Chile las coloca la niñez pobre que la CASEN no contará ya en sus reportes.

Hay que saber que…Chile está al debe y sin resguardo ante la discriminación arbitrariaChile necesita ratificar tratados y convenciones internacionales, y legislar a favor del principio de no discriminación arbitraria.Chile requiere de políticas públicas que resguarden la diferencia y protejan a grupos minoritarios en su derecho a la identidad. Chile debe transitar desde un enfoque centrado en la integración, a una perspectiva de inclusión social, laboral, educativa, cultural… Para ello debe ratificar tratados internacionales y poner fin a toda forma de discriminación y violencia de género, raza, sexo, opción política, etnia…Chile debe avanzar en la protección de la disidencia sexual. Chile debe ratificar la normativa sobre niños y niñas apátridas y asegurar su derecho a la educación. Chile no ha ratificado acuerdos como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 ni la Convención para Reducir los casos de Apatridia de 1961.Chile no ha suscrito la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid de personas de diferente origen.Chile debe reconocer a los grupos de personas afrodescendientes.Chile debe colocar en funcionamiento el mecanismo nacional de prevención, investigación y sanción de la tortura.Chile debe dar rango constitucional e incorporar en la legislación interna todos los instrumentos de protección de los derechos humanos que ha suscrito y generar los mecanismos para que se hagan efectivos, y para que sean promovidos e incorporados en las mallas curriculares de todos los establecimientos y centros de formación de las nuevas generaciones, incluidas las escuelas matrices de las fuerzas armadas y policiales.

Comentarios

Comentarios

CC BY-NC-SA 4.0 Esta obra está licenciada bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *